La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dictado un auto por el que queda "sin eficacia jurídica la obligatoriedad de cursar, recibir las enseñanzas y ser evaluados" de la asignatura de Educación para la Ciudadanía. El auto del TSJCyL es consecuencia de un recurso contencioso administrativo interpuesto por dos personas contra la resolución del 4 de agosto de 2008 del Consejero de Educación de la Junta, por la que denegó la solicitud de objeción de conciencia respecto de dicha asignatura.
La sala entiende que la objeción de conciencia que alegan los padres del alumno es un derecho fundamental y que corresponde adoptar medidas cautelares hasta que el recurso se sustancie y se emita sentencia.
Concretamente, el auto señala que "se entiende que se produciría una clara pérdida de finalidad del presente recurso si no se accede a la medida cautelar solicitada, teniendo también muy presente la Sala que la duración de este proceso sería porcentualmente muy significada en relación con la duración del curso académico, y por tanto porcentualmente muy significada la recepción y asimilación de contenidos por parte del alumno cuyos padres rechazan".
La Sala recuerda en el auto que la parte demandante plantea que la efectiva implantación y obligatoriedad de una asignatura, una vez que se ha conocido su contenido curricular concreto, vulnera dos derechos fundamentales interrelacionados, como son el derecho a la libertad ideológica y el derecho a decidir la formación moral de sus hijos.
En los Fundamentos de Derecho se explica que "a diferencia de otras asignaturas, la Administración del Estado y en afinidad con ella la Junta de Castilla y León, la superación de esta asignatura no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del menor que los incorpore a su comportamiento para siempre".
Para la Sala es significativo que "en relación con otros contenidos de esta y otras asignaturas se fije como criterio de evaluación que el alumno sepa analizar, comprender, identificar, mientras que en relación con la interdicción de la desigualdad, se exija no sólo su asimilación, sino un comportamiento de rechazo activo, y además, sólo se exija esencialmente respecto de la desigualdad entre sexos y no por otros motivos".
Por todo ello, la sala de lo Contencioso ha acordado dejar sin eficacia jurídica la obligatoriedad de cursar, recibir las enseñanzas y ser evaluados de la citada asignatura, sin perjuicio del mantenimiento de las obligaciones de escolarización y custodia que competen a la Junta de Castilla y León.
LA JUNTA EXTENDERÁ LA SUSPENSIÓN A LOS 106 ALUMNOS OBJETORES Y NO RECURRIRÁ EL AUTO
La Junta ha anunciado que extenderá la suspensión cautelar acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) sobre la obligación de cursar la asignatura Educación para la Ciudadanía a los 106 alumnos de la Comunidad que presentaron recurso de reposición contra la obligatoriedad de esta materia.
Además, el Gobierno autonómico asegura que la Consejería de Educación no recurrirá el auto, al tiempo que dice aceptar la decisión del TSJCyL.
Asimismo, la Consejería de Educación recuerda que siempre ha defendido que la asignatura "debería haberse consensuado con todos los grupos políticos parlamentarios" y precisó que "dada la polémica y el conflicto" que ha suscitado la asignatura, "debe ser el Gobierno de la nación o, en su caso, los tribunales de justicia, quienes determinen la legalidad de su obligatoriedad".
Por su parte, José Manuel Cantera Quitián, portavoz en Castilla y León del Foro Español de la Familia, ha manifestado que "con esta resolución, queda claro que, también en Castilla y León, con la imposición de Educación para la Ciudadanía se está jugando con derechos fundamentales, por lo que espera que la Junta extienda esta suspensión cautelar a todos los alumnos objetores de nuestra Comunidad, para garantizar que, por su actuación, no se vean vulnerados estos derechos constitucionales".
Por su parte, Benigno Blanco, presidente de Foro Español de la Familia, señala que "contabilizamos ya más de 45.000 objeciones de conciencia, de las cuales más de 3.000 pertenecen a Castilla y León".
Desde la plataforma León Educa Libertad se celebra este auto porque "reconoce el derecho de los padres castellano y leoneses a educar en libertad; el territorio libre de la imposición de EpC en España se amplía; la mancha de la libertad crece aunque sigan existiendo territorios oscuros donde ni Administración ni Tribunales actúan en defensa de la libertad como Navarra o Asturias. Confiamos en que nuevos Juzgados y Tribunales vayan sumándose y comprometiéndose con una efectiva protección de los derechos constitucionales de libertad de educación y objeción de conciencia; así como lo acaba de hacer este de Castilla y León".